miércoles, 8 de noviembre de 2017

Video ¿Qué es persona jurídica?

https://www.youtube.com/watch?v=8ou7JHkbblo

Diferencia con persona Humana


mapa mental


Efectos

Efectos de la Personalidad


  • Duración: Art 155 C.P

   Es limitada en el tiempo excepto que la Ley o el estatuto disponga lo contrario.
   Este principio se repite en materia de asociaciones civiles, no así en las fundaciones aunque en entiende que estas también son de duración indeterminada.


  • Objeto: Art 156 C.P
El objeto debe ser preciso y determinado mediante la descripción  concreta y especifica de las actividades que contribuirán a su creación. Es admisible la inclusión de otras actividades, también descriptas en forma precisa y determinada, únicamente si las mismas son conexas, accesorias y/o complementarias de las actividades que  conduzcan al desarrollo del objeto social

Bibliografia

Bibliografia: Derecho Civil Parte General - Julio César Rivera/ Graciela Medina (Directores) autores: Julio César Rivera/Luis Daniel Crovi...