- Comienzo de la existencia: La existencia de la persona jurídica privada comienza desde su constitución, no necesita autorización legal para funcionar. Mientras que las Personas jurídicas de carácter Público comienzan desde el momento que determina la norma que establece su creación
- Capacidad: Las Personas Jurídicas nunca podrían estar legitimadas para actuar en una esfera ajena a las de sus finalidades. Existe un principio de especialidad, el cual prohíbe aquellos actos cuando se consideren ajenos a las finalidades para las que dichas personas fueron creadas.
- Objeto: El objeto social debe ser preciso y determinado mediante la descripción concreta y especifica de las actividades que contribuirán a su efectiva consecución.
- Personalidad diferenciada: Las personas Jurídicas tienen personalidad distinta de la de sus miembros; nuevo sujeto de derecho, con distinto patrimonio y distintas responsabilidades.
- Inoponibilidad: En múltiples situaciones las personas jurídicas son usadas de manera desviada, esto es para perjudicar los derechos de terceros o para violar la Ley. en estos casos el ordenamiento jurídico reacciona desconociendo la personalidad jurídica diferenciada e imputando la actuación de la Persona Jurídica y a las personas físicas que la hicieron posible.
La persona jurídica es una entidad con derechos y obligaciones que existe, pero no como individuo sino como institución y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin ánimo de lucro.
miércoles, 8 de noviembre de 2017
Características
Características de las Personas Jurídicas
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Bibliografia
Bibliografia: Derecho Civil Parte General - Julio César Rivera/ Graciela Medina (Directores) autores: Julio César Rivera/Luis Daniel Crovi...
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Atributos de las Personas Jurídicas Nombre: Art. 151 C.P Las personas jurídicas tienen "denominación" Exigencia del nombre...
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Efectos de la Personalidad Duración: Art 155 C.P Es limitada en el tiempo excepto que la Ley o el estatuto disponga lo contrario....
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